INDULTOS POR LA PASIÓN DE NUESTRO SEÑOR
En La España del Antiguo Régimen existía la tradición de indultar a determinados reos en Viernes Santo. Según Tomás y Valiente, estas medidas de gracia no eran aplicables a los condenados por delitos considerados especialmente graves: lesa Majestad -divina y humana-, contrabando, homicidios alevosos y sacrílegos, incendios, pecado nefando, cohecho, hurto, incendios, blasfemia, malversación de fondos públicos, resistencia a la Justicia y desafíos. Con todo, es dudoso que tales limitaciones se cumpliesen de manera rigurosa. El indulto sólo tendría efecto si los reos eran previamente perdonados, de forma expresa, por las víctimas o la parte ofendida. Era una práctica frecuente en los casos de muertes violentas, lesiones y delitos contra el honor y la honestidad, pues se concedían perdones, entre particulares, a cambio de dinero o bajo ciertas condiciones. Por una disposición de Juan II el número de beneficiados por el indulto del Viernes Santo no podía superar la veintena por a...